Comité de Convivencia

Es un organismo encargado de promover ambientes laborales positivos y conductas de sana convivencia para mejorar las relaciones entre los y las colaboradoras (administrativos y docentes). También sensibiliza sobre aquellas conductas que afectan la salud psicosocial en el entorno laboral.

Está integrado por 4 representantes elegidos por votación entre los colaboradores(as) y 4 representantes designados(as) por la Universidad.

Integrantes del Comité de Convivencia Laboral 2025–2027

  • Paula Andrea Chacón – Profesional de VPDH, Sede Chapinero.
  • Yamith José Fandiño – Docente de la Facultad de Educación, Sede Chapinero.
  • Sindy Tatiana Ortiz – Auxiliar administrativa de Utopía, Campus Yopal.
  • Diana Milena Fuelegan – Profesional de VPDH, Sede Chapinero
  • Diana Katerin Ríos – Docente Facultad de Ciencias Agropecuarias, Campus Yopal.
  • Laura Cuervo – Directora de Biología, Sede Candelaria
  • Mónica Vera – Profesional de Gestión Humana, Sede Chapinero.
  • Diana Calderón – Profesional de la Dir. Jurídica, Sede Chapinero.

Cada uno de los integrantes de este Comité son garantes del respeto, imparcialidad, tolerancia, serenidad, confidencialidad, reserva en el manejo de información y ética. Así mismo, cuentan con habilidades de comunicación asertiva, liderazgo y resolución de conflictos.  

Conoce aquí la Declaratoria del Comité de Convivencia Declaratoria sobre la Convivencia Laboral para La Universidad de La Salle

¿Qué hace el Comité?

Facilita el diálogo, promueve la concertación y acompaña a las partes para encontrar soluciones a las situaciones que afectan la convivencia laboral.

¿Qué NO hace el Comité?

No investiga ni sanciona: Su función es actuar como puente de diálogo y concertación, en línea con la Ley 1010 de 2006 y la Resolución 3461 de 2025 del Ministerio de Trabajo.

¿Cuándo acudir a este comité?

Cuando se presente una situación persistente que pueda afectar la sana convivencia laboral y el respeto mutuo, que no haya podido ser resuelta en una primera instancia entre las partes involucradas.

Los colaboradores(as) pueden escribir al correo convivencia@lasalle.edu.co para recibir más información y de ser el caso, el Comité activará su protocolo de atención.  

Para tener en cuenta:  

Ni el Comité, ni la Dirección de Gestión Humana tienen la facultad para determinar si una conducta es constitutiva de acoso o no, pues se entiende que dicha competencia es puramente judicial.  

En tal sentido, las decisiones de uno y otro serán puramente preventivas o consultivas y buscarán, en lo posible, mecanismos conciliatorios.  

Normas de Consulta:  

  • Ley 1010 2006  
  • Resolución 3461 de 2025 
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